¿Cuáles son los tres desacuerdos que integran el diferendo sobre delimitación marítima que resolverá la Corte de La Haya?
El juicio entre el Perú y Chile en la Corte Internacional de Justicia no es solo sobre el trazo de la frontera marítima. Esta es una de tres disputas. Quizás la más importante. Pero una de tres. A ella llamaremos “la disputa sobre el límite marítimo”.
Pero hay otras dos. La disputa sobre la soberanía en un espacio marítimo casi tan extenso como el que está en juego en el caso del límite marítimo, que se encuentra fuera de las200 millas de Chile y que es parte de las 200 millas del Perú. A esta la denominaremos “la disputa de negación chilena de la soberanía peruana”. Y la tercera, la disputa sobre el punto de inicio de la frontera marítima.
Estos tres desacuerdos forman parte del diferendo sobre delimitación marítima, que está siendo examinado por la Corte Internacional de Justicia. Veamos cada uno de ellos.
La disputa sobre el límite marítimo
Es el punto principal. Tiene dos componentes: el límite o trazo de la frontera y los espacios marítimos que se delimitan. Chile sostiene que en 1952 en un tratado denominado Declaración de Santiago, ambos países acordaron un límite por el paralelo geográfico 18° 21 ‘ 00”. La pretensión chilena mutila 37,000 kilómetros de mar peruano. Y deja al Perú en la costa sur con cerca de 370 Km sin doscientas millas.
Chile sostiene, además, que ese límite por el paralelo constituye una línea única a lo largo de las 200 millas, cuando en esa época, 1952, el derecho internacional solo reconocía soberanía a los estados hasta tres millas.
Esta es una de las debilidades dela posición de Chile.La otra, más seria aún, es que el tratado denominado Declaración de Santiago no contiene ningún artículoque diga lo que Chile sostiene.
La posición del Perú es exactamente la contraria. Basada en la letra del tratado denominadoDeclaración de Santiago, afirma que su texto no contiene ninguna cláusula que haya establecido límite alguno entre el Perú y Chile y menos por el paralelo geográfico. Sostiene el Perú, adicionalmente, en la fase oral del juicio, que en esa época no se podía pactar un límite hasta las doscientas millas porque el derecho internacional no reconocía a los estados soberanía hasta esa distancia.
Chile argumenta también que el supuesto límite por el paralelo ha sido reiterado en 1954, en el Acuerdo sobre zona marítima especial fronteriza y a través de la conducta de los estados. El Perú señala que este acuerdo no reconoce ningún límite marítimo y que la práctica de los estados tampoco. Los argumentos específicos de una y otra parte los veremos en artículos dedicados específicamente a estos puntos.
La disputa de la negación chilena de la soberanía peruana en un espacio marítimo de 28,000 kilómetros cuadrados
Este es un diferendo especial en la historia de la Corte Internacional de Justicia. Nunca se había dado antes una situación en la que un estado desconozca la soberanía de otro, en una zona que no forma parte de su mar.
Chile en esa área de 28,000 km2 desconoce la soberanía peruana. No obstante que se encuentra fuera de su máxima pretensión de 200 millas. Como no puede aducir derechos de soberanía en esta vasta área, sostiene que es alta mar. Es decir mar que no está sujeto a ninguna soberanía. Mar de nadie. El argumento es que el Perú no puede aspirar a tener soberanía en ninguna zona marítima al sur del paralelo geográfico, que según Chile es el límite marítimo pactado.
El Perú sostiene que se trata de mar bajo su soberanía marítima, que es parte de su zona de 200 millas y que la pretensión chilena no tiene asidero alguno en el derecho internacional.
La disputa sobre el punto de inicio de la frontera marítima
Este es el tercer desacuerdo. Toda frontera marítima tiene un punto de inicio, desde el cual se traza la línea que separa una soberanía de la otra. Generalmente se toma como referencia el punto en que la frontera terrestre llega al mar. Aunque no siempre. La frontera terrestre es solo un referente de la delimitación marítima.
Chile y Perú tienen posiciones diferentes. Para ambos países el referente es el último punto de la frontera terrestre frente al mar. Pero difieren en identificar ese punto. Para el Perú se trata, conforme al Tratado de 1929, de un punto denominado Concordia que se encuentra en la orilla del mar, mientras que para Chile se ubica en el hito número uno, que está alejado de la orilla del mar.
Los hitos solo son referentes, no son prueba de los límites. Estos se encuentran en los tratados y en las actas de demarcación. Los hitos son marcas o señales que sirven para identificar el curso de una frontera, pero no son necesariamente la frontera misma. El límite terrestre en un río, por ejemplo, puede pasar por el medio del río, se le llama talweg. Pero cuando se coloca el hito que marca ese límite no se pone en el medio del río. Se hundiría. Se coloca en un lugar cercano en el terreno, donde esté protegido. No quiere decir que la frontera se haya desplazado del talweg hacia donde se ha colocado el hito referencial.
Así se hizo en 1930, el hito 1 se colocó a una distancia razonable de la orilla del mar, para que el oleaje no lo destruyese. Pero ese hito no es en sí mismo el último punto de la frontera, sino la orilla del mar. Esto está establecido en las actas de la demarcación suscritas por Perú y Chile. Este diferendo pone en juego una pequeña porción de mar adicional.
Cuando se discutiólademanda, había opiniones en el sentido que este punto no se debía incluir pues era aceptar una disputa territorial. Un serio error. Se confundía el punto de inicio de la frontera marítima con el punto de término de la frontera terrestre. Este último es solo un referente para el primero. No son lo mismo. Ni física ni jurídicamente.
En el caso de la frontera con el Ecuador, por ejemplo, se utilizó el referente territorial del punto de término de la frontera terrestre, pero la frontera marítima empieza mar adentro por haber quedado el golfo de Guayaquil como aguas interiores del Ecuador. Igual, en el caso del Perú y Chile el límite no partirá de la orilla propiamente dicha sino de la línea de baja mar, que es el límite delas aguas interiores de Perú y Chile en la zona.
Poner este punto en la demanda era fundamental y finalmente así se hizo, por intervención del hoy presidente Ollanta Humala, que exigió su inclusión para sumarse al acuerdo nacional en torno a la demanda.
La Corte no se pronunciará sobre ningún aspecto territorial. Aunque aparentemente sean lo mismo, los puntos de inicio de la frontera marítima y de término de la frontera territorial son cosas distintas. Si después de la sentencia Chile sigue desconociendo que la frontera terrestre, conforme al Tratado de 1929, culmina en la orilla del mar, solucionado el tema marítimo, habrá un desacuerdo territorial.
Estas son las tres disputas que conforman la controversia general sobre delimitación marítima LaCorte en su sentencia decidirá sobre todas y cada una de ellas.
Chile ha solicitado a la Corte que decida : 1) Rechazar la totalidad de las peticiones del Perú. 2) Que los espacios marítimos de las partes han sido ya integralmente delimitados por un acuerdo entre ellas. 3) Que el límite marítimo existente es el del paralelo que pasa por el hito demarcatorio de la frontera terrestre que se encuentra más cerca al mar, conocido como hito 1 y situado en el paralelo 18°21’00” de latitud. 4) Que el Perú no puede pretender ningún espacio marítimo al sur de ese paralelo.
Por su parte, el Perú le ha pedido a la Corte: 1) Que el límite de los espacios marítimos entre las partes, que se inicia en el punto Concordia, es equidistante a las líneas de base de las partes y que se extiende hasta un punto situado a 200 millas de dichas líneas. 2) Que más allá del punto terminal de la frontera marítima común, el Perú puede ejercer su soberanía exclusiva en el espacio marítimo que se extiende hasta 200 millas medidas desde sus líneas de base.